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La Corte invalida la primera parte del “Plan B” electoral de AMLO

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La Corte invalida la primera parte del “Plan B” electoral de AMLO

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Redacción Sin Secretos
Redacción Sin SecretosRedacción · 3 de Feb. 2023
La Corte invalida  la primera parte del “Plan B” electoral de AMLO

DiarioSinSecretos.com La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó  la primera parte del “Plan B” en materia electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador. La determinación -considera el Tribunal Federal- modifica el concepto de propaganda gubernamental misma que flexibiliza la intervención de servidores públicos en los procesos electorales. […]

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La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó  la primera parte del “Plan B” en materia electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

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La determinación -considera el Tribunal Federal- modifica el concepto de propaganda gubernamental misma que flexibiliza la intervención de servidores públicos en los procesos electorales.

Los magistrados consideraron que la parte referida es copia del decreto de interpretación que fue aprobado por Morena e invalidado el año pasado por el TEPJF y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Lo anterior, al resolver el Tribunal quejas presentadas por el PRD y Movimiento Ciudadano  contra MORENA por evento realizado por los aspirantes a las gubernaturas de Coahuila y Estado de México, en el 2022.

Los magistrados analizaron la primera parte de la Reforma Electoral publicada a finales de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, y que los consejeros del INE advirtieron que era “inaplicable” al ser copia del decreto de MORENA.

Son re el tema, el magistrado Luis Espíndola Morales, dijo:“Es la primera vez que se considera el concepto de propaganda gubernamental que se introdujo en la reciente reforma a la Ley General de Comunicación social y su aplicación en el análisis de las denuncias presentadas. Si bien es derecho vigente, en Coahuila es imposible aplicarla, pues las leyes electorales deben publicarse 90 días antes y esta ley se publicó el 27 de diciembre del año pasado y el proceso inició en enero”.

Y agrega:“Si lo valoramos en la elección federal, resulta que tampoco sería aplicable puesto que la definición que da la reforma, es la misma que analizó la Sala Superior, cuando ésta ya se pronunció respecto al decreto de interpretación auténtica en 2022. Recordemos que en esa ocasión, la Sala Superior determinó que dicha interpretación era contraria a la Constitución”.

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